Revista Peruana de Derecho Internacional
Tomo LXXI Setiembre-Diciembre 2021 N° 169, pp. 135-152. ISSN: 2663-0222
Recepción: 30/09/2021 Aceptación: 07/11/2021
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de las Naciones Unidas compromisos sobre la democracia, en un texto cuyo título reviste
una excepcional importancia: “El derecho a la Democracia”. Nunca antes en la historia
de las Naciones Unidas se había concebido la democracia como un derecho. El Perú y
Rumanía presentamos ese proyecto de resolución que fue aprobado y que en el título
anunciaba la idea de un derecho humano a la democracia. La Resolución 46-2000
estableció, también por primera vez, en el sistema de Naciones Unidas un conjunto de
elementos constitutivos de la democracia como régimen político. Una manera de definirla
a partir de sus componentes esenciales, como las elecciones libres y periódicas, el Estado
de Derecho, la separación de poderes, las libertades fundamentales, la pluralidad de
elección, la libertad de expresión y asociación. La importancia práctica de este catálogo
de elementos constitutivos de la democracia estriba en que, desde un punto de vista
aplicado, permiten determinar en qué casos un régimen político puede tipificarse o no
como democrático. Las redacciones de estos textos estuvieron vinculadas al encargo que
recibí para elaborar un estudio sobre la democracia y los derechos humanos, como
miembro de la subcomisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas.
La tercera fuente fue el proceso mundial derivado del fin de la guerra fría, como expresión
de la globalización política y cultural que impulsó una serie de procesos de
redemocratización en Europa oriental, en la propia América Latina, Asia y África; que
puso en curso de las decisiones mundiales la promoción cuasi universal de la democracia,
la vida y valores democráticos y su interrelación con el respeto de los derechos humanos.
De la concurrencia de estas tres vertientes surgió la idea que Pérez de Cuéllar anunció en
el Congreso de la República para negociar en la OEA la Carta Democrática
Interamericana. El libro de mi autoría “La Carta Democrática Interamericana: origen,
negociación, normas y aplicaciones”, que anunciamos en esta ocasión, explica todo este
proceso del origen de la Carta, analiza el proceso negociador en la OEA en sus diversas
fases y componentes, y efectúa un análisis jurídico desde el punto de vista político, del
derecho internacional y del derecho internacional de los derechos humanos, de la
concepción general y los 28 artículos que integran el texto; y culmina con una evaluación
del régimen internacional de preservación, protección y defensa de la democracia a nivel
global. De sus desafíos, retos, fortalezas, vulnerabilidades y debilidades en el mundo de
transición de nuestros días, caracterizado por un relativo estancamiento de la vitalidad
de la democracia como proceso político real, y una revalorización de sus valores como
arquetipo ideal de la organización política, local, regional, nacional y mundial.
El libro para los estudiantes de la Academia Diplomática y para los interesados en la
política en las Américas creo que tiene una significación desde el punto de vista de la
historia democrática en América Latina y del proceso de protección en el ámbito
interamericano. De su vigencia y de los crecientes problemas que debe afrontar.
Pero también tiene un interés desde el punto de vista de la teoría de la negociación y de
la situación que vive hoy la democracia en el mundo y en América Latina, que es menos
auspiciosa que hace diez años y que plantea nuevos desafíos y nuevos retos.
Desde el punto de vista de la teoría de la negociación, una vez tomada la decisión de
presentar la iniciativa para la aprobación de Carta Democrática Interamericana, lo normal
hubiese sido introducir el proyecto en el Consejo Permanente de la OEA, pero eso hubiera
sido quizá la manera más expeditiva para que no haya Carta. Los organismos