El crimen de agresión contra Ucrania
DOI:
https://doi.org/10.38180/rpdi.v0i0.310Palabras clave:
Agresión contra Ucrania, Corte Penal Internacional, Crimen de agresión, Uso de la fuerza, Legítima defensa, Carta de la ONUResumen
El crimen de agresión, sucesor del crimen contra la paz del Estatuto del Tribunal Internacional de Nüremberg, constituye el mas grave de los crímenes internacionales. El cometimiento del crimen de agresión representa una amenaza ipso facto contra la paz internacional. El Tribunal de Nüremberg calificó a la guerra de agresión en su sentencia: “Iniciar una guerra de agresión, por lo tanto, no es sólo un crimen internacional; es el crimen internacional supremo que sólo difiere de otros crímenes de guerra en que contiene en sí mismo el mal acumulado del todo.” El crimen de agresión es así una violación gravísima de la Carta de la ONU y sus principios fundamentales. Tomando el caso de la invasión rusa contra Ucrania examinaremos como aquí se ha configurado el crimen de agresión conforme con la expresión mas actualizada y reciente del Derecho Penal Internacional que es el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.
Citas
Asamblea General de la ONU, Resolución 68/262 Integridad territorial de Ucrania (27 de marzo del 2014).
Asamblea General de la ONU, Resolución ES-11/1 Agresión contra Ucrania (2 de marzo del 2022).
BBC News Mundo. (2022). Rusia y Ucrania: el “amenazante “discurso de Putin en el que puso en duda la soberanía del país vecino. BBC. https://www.bbc.com/mundo/noticias-internacional-60472489
Bryde, B.O. (2000). “Self-Defense”, en R. Bernhardt (ed.), Encyclopedia of Public International Law, vol. 4, p. 362.
Naciones Unidas. (1945) Artículo 51. Carta de las Naciones Unidas).
Caso Actividades Militares y Paramilitares en contra Nicaragua (Nicaragua vs EEUU), sentencia, ICJ Reporte 1986 (Caso Nicaragua), p. 103, par. 194.
Caso Alegatos de Genocidio bajo la Convención sobre la Prevención y Castigo del Crimen de Genocidio (Ucrania vs. Rusia), Medidas provisionales, Orden del 16 de marzo del 2022, ICJ Reporte 2022, p. 19, pár. 86.
Caso del Canal de Corfú (GB vs Albania), sentencia del 9 de abril de 1949, ICJ Reporte 1949, p. 35.
Cassese, A. (2020). International Criminal Law. Oxford University Press, p. 111. En el Pacto Briand-Kellogg de 1928, “La guerra agresiva fue declarada ilegal. Mas, aparece de los trabajos preparatorios que todas las partes se reservaban el derecho de ir a la guerra en autodefensa”. Vid., Augusto Hernández, La Corte Penal Internacional y la definición del crimen de agresión. Fondo Editorial de la USIL, p. 140.
CPI, Report on Preliminary Examination Activities 2016 (14 de noviembre del 2016), pár. 158, p. 35.
CPI, Report on Preliminary Examination Activities 2016 (14 de noviembre del 2016), pár. 169, p. 37.
Estatuto del Tribunal Militar Internacional (de Nüremberg) de 1945, art. 6, pár. a. Henderson, C. (2018). The Use of Force and International Law. Cambridge University Press, p. 3
International Criminal Court. (2016). Report on Preliminary Examination Activities. The Office of the Prosecutor. https://www.icccpi.int/sites/default/files/iccdocs/otp/161114-otp-rep-PE_ENG.pdf
Kress, C. (2019). “On the Activation of ICC Jurisdiction over the Crime of Aggression”, en Pavel Sturma (ed.), The Rome Statute of the ICC at Its Twentieth Anniversary. Brill-Nijhoff, p. 62.
Maculan, E. (2019). “El crimen de agresión”, en Alicia Gil Gil y Elena Maculan (dirs.), Derecho Penal Internacional. Dykinson, p. 473.
Schabas, W. (2012). An Introduction to the International Criminal Court. Cambridge University Press, p. 148.
Skubiszewski, K.J. (1973). “Uso de la fuerza. Seguridad Colectiva. Derecho de Guerra y de Neutralidad”, en: Max Sorensen (ed.), Manual de Derecho Internacional Público. Fondo de Cultura Económica, p. 701.
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